ASEMPRO - Gastos e Impuestos
(011) 5032-5699
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    • VENDEDOR:


    • Si el inmueble que esta vendiendo lo compro antes del 31 de Diciembre de 2017, antes paga ITI (derogado desde el 8 de Julio de 2024 Ley N° 27.743)
    • Si la compra es posterior al 1 de enero del 2018: Paga Impuesto a las Ganancia equivalente al 15% del de la diferencia entre el valor de compra y el valor de la venta.   Están eximidos las personas que venden su vivienda de ocupación permanente.


    • Impuesto de sellos: 

    • Toda operación de compra venta de inmuebles esta gravada con el impuesto de sellos, hoy se fija en el 3,5%.  Lo habitual es que se pague en partes iguales entre las partes.   Este impuesto lo retiene el escribano al momento de la escritura traslativa de dominio.

    • Gastos de escribanía:

    • El vendedor tiene a su cargo algunos conceptos y gastos a su cargo (Estudio de titulos, certificados, etc...) que se refieren a todas las tareas necesarias para que el bien este en condiciones de ser transferido al nuevo propietario.  Estos importes los tiene que confirmar el escribano y va a depender de cada operación en particular.

    • Honorarios del Corredor inmobiliario: 

    • COMPRADOR

    • impuesto de sellos: 

    • Toda operación de compra venta de inmuebles esta gravada con el impuesto de sellos, hoy se fija en el 3,5% para CABA.  Lo habitual es que se pague en partes iguales.   En caso en que el comprador este adquiriendo su única propiedad en Capital Federa y tenga destino vivienda permanente, el impuesto se calcula sobre el excedente del mínimo no Imponible ($56.270.730 Agosto 2024), esta situación beneficia tanto al comprador como al vendedor de igual manera, reduciendo el importe a abonar.

    • Honorarios y gastos de Escribanía:

    • Lo habitual en una operación de compra venta es que la Escribania interviniente la designe el comprador.  En algunos casos como propiedades a estrenar o ventas con hipoteca, el escribano es designado por el vendedor o el acreedor hipotecario.

    • Honorario del Corredor Inmobiliario:

    • En general el honorario del corredor inmobiliario es el 4% para la parte compradora.
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